miércoles, 28 de marzo de 2018

CONCEPTO DE IGUALDAD


     
     Hablar de igualdad nos remonta a épocas memorables de la historia, donde este término no tenía cabida porque lo más regular era la desigualdad; donde las clases sociales estaban claramente marcadas por categorías dependiendo de la riqueza que tuvieran, donde el color fue determinante para los esclavos, etc., pues tuvieron que pasar muchos años para que estas situaciones cambiaran, para que hubiera un estatus de igualdad entre las personas, por lo menos en teoría porque en la práctica es muy diferente.

     A pesar de todo, el concepto de igualdad todavía está muy incierto, pues llegar al status de derecho humano lo llevó a grandes debates para que se comprendiera este término como “la no distinción entre las personas, es decir, la no discriminación entre los individuos independientemente de su estrato social, raza, color, religión y en estos tiempos modernos hasta la preferencia sexual”; claro está, estamos hablando de una igualdad social, que no es una definición específica porque lo que la hace realmente importante y dadora de ser uno de los derecho humanos más sobresalientes es que se habla de una igualdad completa tanto social como jurídica.

     De esta manera, puedo decir que yo entiendo a la igualdad como “Tener y dar el mismo valor a todos los individuos, tanto en la sociedad como ante las leyes para el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones, sin que haya distinción por razón de sexo, religión, raza, clase social, preferencia sexual, color de piel, etc.”

     Por este motivo es que se considera un derecho subjetivo público de todas las personas y en la cual si se analiza veremos que lo que trae inmerso es una protección para que no se haga a un lado a las personas que de una u otra forma se ven disminuidas socialmente y jurídicamente.



     Como se sabe, la Constitución no sólo es base de toda la normatividad de un país, también trae inmerso los derechos humanos fundamentales del hombre, mismos que reconoce tanto a nivel nacional como en los tratados internacionales de los que forma parte, y es que, hablar de IGUALDAD no es hablar de cualquier cosa.

     Debo hacer hincapié que es un término que denota una paridad entre todas las personas… paridad social, porque no hay una persona igual a otra, siempre habrá personas que marcaran una diferencia, y es que todos somos únicos individualmente, de lo que se trata es que no haya condiciones de favoritismo entre unos y otros jurídicamente porque como dicen: “La justicia es ciega” y así debe ser, no debe ver si alguien tiene más riqueza o no, si es blanco o de color, si vive aquí o allá. Es un derecho de saber que ante la ley vamos a ser juzgados sólo por nuestras acciones, por lo que se hizo bien o se hizo mal, no hay más, es la incondicionalidad de la justicia.



     Y como tal, es como se convierte en un derecho fundamental y donde el Estado como máxima autoridad debe brindar esa protección y hacerla efectiva en todos los ámbitos, porque es un término que sostiene en muchos países la constitución. En nuestro país, específicamente en el artículo 4° nos indica que tanto el hombre como la mujer son iguales ante la ley, pero sobre todo en el artículo 1° nos garantiza la protección de los derechos humanos reconocidos en la misma, así como la no discriminación por motivos como raza, género, edad, discapacidad, condición social, de salud, preferencia sexual, etc., que atente contra la dignidad de las personas y que resulta por menoscabar los derechos y libertades de las personas.

     Como podemos ver es un bien jurídico tutelado a nivel constitucional y que a nivel mundial se basan muchas otras normatividades jurídicas, sino es que en la mayoría y es que, sin dicho término, todo seguiría como antes, siendo divididos socialmente, ultrajados en derechos y sometidos a muchas obligaciones sin restricción ni humanidad; obviamente es como una quimera pensar que se respeta, pero por lo menos, gracias a los derechos humanos se puede defender de quien pase por encima de ella.




    

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